En la decisión de dotar a un municipio de su propia emisora municipal de FM y su puesta en servicio, hay toda una serie de trámites y gestiones necesarios para la obtención de los permisos y licencias correspondientes. Es importante saber qué hacer en cada caso con el fin de evitar que se alargue el proceso y se incrementen innecesariamente los costes.

En BCN Projecta Associats ponemos nuestra experiencia a su servicio para acompañarlos en todo este proceso, así como asesorar a la hora de determinar los medios materiales y los criterios a tener en cuenta para montar los estudios y el centro emisor. A continuación los explicamos los pasos a seguir de acuerdo con el marco normativo actual.

1. Gestiones

En todo momento, en el proceso de obtención de una concesión de emisora municipal de FM, el interlocutor que se ha de hacer la solicitud y presentar la documentación es la Dirección General de Comunicación y Servicios de Difusión Audiovisuales de la Generalitat, a partir de ahora nos referiremos como Generalitat. Por lo que respecta al ayuntamiento, en este proceso hay cuatro fases:

#1: Solicitud

El Ayuntamiento o su representante presenta los correspondientes documentos a la Generalitat conforme quiere instalar una emisora municipal de FM en su municipio. En caso de que la respuesta de la Generalitat sea afirmativa, esta vendrá acompañada de una reserva de frecuencia con unos parámetros técnicos en base los que se ha de hacer el proyecto técnico.

#2: Proyecto Técnico

Se presentará a la Generalitat dentro de los plazos marcados un proyecto técnico firmado por un ingeniero de telecomunicación, que defina cómo debe ser la instalación transmisora, y que contenga el Certificado de Emisiones Radioeléctricas (Ver Nota 1). El proyecto debe garantizar que la instalación propuesta respete los parámetros técnicos que con la reserva provisional de frecuencia. Una vez el proyecto aprobado hay un plazo para la ejecución.

#3: Ejecución

Esta fase comienza una vez recibida la aprobación del proyecto, y consiste en la instalación del centro emisor de acuerdo a como se describe en el proyecto. Una vez finalizado, previo a la puesta en marcha del centro, y dentro de plazo, hay que pedir la inspección.

#4: Inspección

En la inspección, realizada por la «Jefatura Provincial de Telecomunicaciones» de la Dirección General de Telecomunicaciones (administración estatal), se comprueba que el centro emisor cumpla con los parámetros técnicos asignados y que esté de acuerdo con el proyecto técnico. Si la inspección es favorable, se habrá finalizado el proceso al recibir el documento que lo acredita, y ya se podrá poner en servicio la emisora. (Ver Nota 2)

NOTA 1: Se trata de un estudio, conforme la Orden CTE/23/2002, donde se miden los niveles radioeléctricos antes de instalar la emisora, y se calculan los niveles resultantes una vez esta en marcha. En caso de que los cálculos saliera que se superarían los límites máximos establecidos por el RD 1066/2001, se deberían tomar las correspondientes medidas correctoras.

NOTA 2: Una vez instalada la emisora y pedida la inspección, antes de conceder la licencia la Dirección General de Telecomunicaciones del MINETUR (Ministerio de Industria, Energía y Turismo), puede solicitar de nuevo el Certificado de Emisiones Radioeléctricas, pero esta vez midiendo la emisora en servicio.

2. Solicitud de concesión

#1: ¿Dónde dirigirse?

En Cataluña el organismo competente es la Dirección General de Comunicación y Servicios de Difusión Audiovisuales, dependiente de la Secretaría de Medios de Comunicación.

  • Responsable: Sr. Antoni Molons y Garcia
  • Cargo: Director general
  • Dirección: Vía Laietana, 14
  • Población: 08003-Barcelona
  • Teléfono: 93 557 53 00
  • Fax: 93 557 53 01
  • Web: http://www.gencat.cat/mitjansdecomunicacio

#2: Documentación a adjuntar

  • Solicitud dirigida al Director General de Comunicación y Servicios de Difusión Audiovisuales, pidiendo la adjudicación al Ayuntamiento de la concesión para la gestión de una emisora de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia.
  • Certificación del secretario del Ayuntamiento del acuerdo del Pleno de la Corporación de solicitar una concesión para la gestión del servicio de radiodifusión sonora en ondas métricas con modulación de frecuencia y de facultar al alcalde/sa para gestionar la tramitación.
  • Certificado de intervención del Ayuntamiento de la existencia de consignación en el presupuesto de la Corporación para atender los gastos de instalación y de funcionamiento anual de la emisora municipal.
  • Memoria descriptiva de las características técnicas de la emisora:
    1. Ubicación de los estudios.
    2. Ubicación del centro emisor y plano (escala 1: 50.000) de la situación de este.
  • Compromiso de emisiones en lengua catalana, acorde con lo previsto en los artículos 25 y 26 de la Ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.
  • Compromiso de horas semanales de emisión.
  • Certificación del número de habitantes del municipio de acuerdo con el último censo.
  • Memoria de actividades que comprenda lo que sigue:
    1. Compromiso de pluralidad y apertura a las entidades e instituciones del municipio.
    2. Concreción de ingresos y de gastos previstos de la emisora.
    3. Compromiso razonable de programación propia de carácter local.
    4. Compromiso de no conexión con emisoras comerciales y de no incorporación a cadenas de radiodifusión.
    5. Expecificación de la forma concreta de gestión de la emisora de las previstas en el artículo 85.3 de la Ley 7/85 de Bases de Régimen Local, como «gestión directa».
    6. Acreditación del abono de la tasa correspondiente.

#3: Respuesta

Para las solicitudes llegadas a la Dirección General de Comunicación y Servicios de Difusión Audiovisuales en el primer semestre del año, se emite la resolución a partir de octubre, y para las solicitudes entradas en el segundo semestre, la resolución a partir de abril del año siguiente.

Si la resolución es favorable, debe venir acompañada de la reserva de frecuencia, que contiene las características técnicas en base a las cuales se hará el proyecto técnico.

3. Proyecto Técnico

#1: Presentación del Proyecto

  • Plazo de presentación: 4 meses a partir de la recepción de la Reserva de Frecuencia.
  • ¿Dónde se presenta?: En el mismo organismo donde se ha presentado la solicitud.
  • ¿Quién lo presenta?: el solicitante o el ingeniero en nombre del solicitante.
  • ¿Qué abarca?: El proyecto técnico abarca solamente la parte de radiofrecuencia de la emisora. El emisor. No incluye ni los estudios ni los radioenlaces en caso de estar. Pero sí incluye los cálculos de exposición a emisiones radioeléctricas.
  • ¿Quién lo redacta?: un Ingeniero de Telecomunicación debidamente acreditado para redactar este tipo de proyectos.

#2: Resolución

La STSI (Secretaría de Telecomunicaciones y Sociedad de la Información) tiene un plazo de 6 meses para emitir la resolución.

  • Si la resolución se favorable, ya se podrá iniciar la instalación.
  • Si la resolución no es favorable, la Dirección General de Comunicación y Servicios de Difusión Audiovisuales debe indicar el motivo por el cual no ha sido favorable, y en este caso será necesario presentar un proyecto nuevo o un anexo al proyecto existente.

4. Instalación e Inspección

A partir de la recepción de la resolución favorable al proyecto técnico, comienza la instalación del centro emisor conforme al Proyecto Técnico aprobado. En su caso se deberá disponer de los permisos municipales de obras, de actividades o la licencia ambiental, pertinentes.

De acuerdo con la «Orden ITC/1142/2010» es necesario que el instalador o empresa instaladora esté acreditado con una licencia de «Tipo D». Al final de la obra, el instalador expedirá el boletín de instalación, el protocolo de pruebas y en su caso el certificado estructural de la torre.

Una vez terminada la instalación del centro emisor, el concesionario solicitará la inspección del mismo, previo pago de tasas, adjuntando la documentación facilitada por la empresa instaladora.

El inspector verificará que lo instalado se corresponde con el proyecto técnico y levantará acta de la inspección. Si todo es correcto, el concesionario obtendrá la concesión del servicio y la autorización de funcionamiento.

Otros permisos de Telecomunicaciones

Si el concesionario utiliza radioenlace para llevar la señal de programa desde los estudios hasta el centro emisor o utiliza unidades móviles, también será necesaria la correspondiente licencia que deberá tramitar separadamente y en su momento ante la Dirección General de Telecomunicaciones dependiente del MINETUR.

Autor del artículo

Joan Gil i Sans

Joan Gil i Sans

Ingeniero de Telecomunicaciones

Miembro del equipo de BCN Projecta Associats SL.

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